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Actualizado el 07/09/2010 a las 14:32
   
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SUCESOS - La resolución del TSJA rechaza el recurso interpuesto por la acusación particular para que se estimara el agravante de parentesco.
La familia de Fuensanta del Pozo se da por satisfecha con los 12 años de condena para su asesino


07/02/2010 (11:41)
Redacción
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Consideró el alto tribunal que entre la víctima y su asesino "no había vínculo matrimonial o relación estable, aunque salieran juntos con frecuencia". No obstante, tampoco se ha aceptado el recurso presentado por la defensa que consideraba que se había producido una errónea valoración de la prueba pericial, que ha supuesto la no aplicación de una atenuante por trastorno.


La familia de Fuensanta del Pozo "se da por satisfecha" con los 12 años pena de prisión a los que ha sido condenado su asesino, José Pérez Ahmed, que en 2007 la degolló, en la casa de ella, donde acudió para reprocharle el que tuviera una relación con otro hombre, después de haber roto la relación que había mantenido con él.
En consecuencia, según dijeron a Europa Press fuentes cercanas a la familia de la víctima, que contaba con 34 años cuando la mató su ex pareja, ahora de 38 años, los padres de Fuensanta, que ejercen la acusación particular en este caso, no recurrirán ante el Tribunal Supremo (TS) el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que resolvió mantener los 12 años de cárcel para José Pérez Ahmed, desestimando así los recursos interpuestos, tanto por la acusación particular como por la defensa, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba.
Así, aunque la acusación particular pidió que se condenara al procesado a 17 años de prisión, como también solicitaron el fiscal y el resto de acusaciones (Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Córdoba), no persistirá en buscar ante el Supremo la validación a dicha petición, al entender que es suficiente el hecho de que se mantiene para José Pérez Ahmed la condena como autor de un delito de asesinato con alevosía.
La resolución del TSJA, que al no ser recurrida se hará firme, rechaza el recurso interpuesto por la acusación particular para que se estimara el agravante de parentesco, que la Audiencia consideró que no podía aplicarse en este caso al no haber vivido juntos la víctima y su asesino.
Consideró el alto tribunal que entre la víctima y su asesino "no había vínculo matrimonial o relación estable, aunque salieran juntos con frecuencia". No obstante, tampoco se ha aceptado el recurso presentado por la defensa que consideraba que se había producido una errónea valoración de la prueba pericial, que ha supuesto la no aplicación de una atenuante por trastorno.
De este modo, el TSJA confirma la condena de 12 años de prisión por unos hechos que se remontan al 9 de octubre de 2007, cuando, sobre las 11,30 horas, el ya condenado fue al domicilio de ella y le recriminó su comportamiento, ya que tenía una relación con un hombre de Santo Domingo que había conocido a través de Internet.
Se inició entonces una discusión y ambos comenzaron a increparse, lo que hizo que José Pérez cogiera con fuerza a la víctima. Ella se dirigió a la cocina para coger un cuchillo jamonero, de 25 centímetros de hoja, que el acusado le quitó. Fuensanta corrió hacia el salón, siguiéndola él, que le pinchó en dos ocasiones con el cuchillo en la espalda.
Ya en el salón forcejearon ambos, cayendo Fuensanta al suelo, poniéndose él sobre ella y, "con ánimo de causarle la muerte, le clavó el cuchillo en el pecho hasta la empuñadura del mismo, insistiendo en el golpe". Ella, aún viva, puso resistencia impidiendo que él, a horcajadas sobre ella, le hundiera el cuchillo en su cuello, hasta que él consiguió vencer su resistencia y le dio un corte que seccionó la vena yugular, lo que le provocó la muerte.


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Comentarios - 1

 17/2/2010 - 14:40 
 Menudo país éste en el que asesinar a una persona te cuesta 12 años de condena de los que, veremos a ver, cuántos cumplirá realmente. 


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